El artículo disciplinario que debe adoptar la Conmebol en el superclásico

#ElDato Un superclásico oficial no se suspende desde el 20-09-1931 (3 jugadores de River se negaron a abandonar la cancha tras ser expulsados).

Desde el anormal  que tiró el gas pimienta a los jugadores pasando por la terrible organización hasta la falta de solidaridad de Boca, lo cierto es que ‘El superclásico’ terminó en uno de los espectáculos más bochornosos de la historia.

Para muchos, ‘sería una puñalada en todo el corazón de la Copa Libertadores’ que se reanude el partido aun a puertas cerradas, pues la violencia debe ser castigada de inmediato. Les compartimos el artículo disciplinario que la Conmebol debería adaptar en este caso (si no se hacen los de la vista gorda):

Confederación Sudamericana de Fútbol
Reglamento Disciplinario
Artículo 23
Determinación del resultado de un partido por responsabilidad o negligencia de uno de los equipos.
«Sin perjuicio de otras sanciones que se pudieran imponer, cualquier equipo por cuya responsabilidad se determine el resultado de un partido se considerará como perdedor por 3-0. Si el resultado real fuese menos favorable para el club o asociación responsable, ese resultado se mantendrá».

Lo triste es que la Bombonera es el campo en el que más partidos se han suspendido (4) en la historia de la Copa Libertadores.